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Poder Judicial de Neuquén.
Viernes, 01 de Junio de 2012 10:37
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Rechazan medida cautelar solicitada por Cormine

La Sala Procesal Administrativa del Tribunal Superior de Justicia, integrada por los Dres. Oscar Massei y Antonio Labate, resolvió no hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la empresa estatal Cormine.

La solicitud cautelar tendía, por un lado, a la suspensión de la Ordenanza 1054/12 del Concejo Deliberante de la localidad de Loncopué y de las resoluciones N° 260/12 y 299/12 emanadas del Departamento Ejecutivo;y, por otro, al dictado de una medida de “no innovar” a efectos de que el Municipio se abstenga de avanzar y/o realizar el referéndum convocado para el día 3/6/12 o cualquier otra cuestión relacionada con la Ordenanza y resoluciones impugnadas.

La decisión de rechazar el pedido, en lo relevante, respondió a que, en el estrecho marco de conocimiento del proceso cautelar, al que se sumó la prontitud con la que fue requerida la respuesta jurisdiccional en orden a la fecha de la convocatoria, no era posible resolver todas las tachas efectuadas contra la Ordenanza 1054/12; cuestionamientos que la demandada refutó con suficiente contra-argumentación.

La delicada tarea interpretativa de la normativa constitucional y legal involucrada y la dilucidación de las circunstancias de hecho controvertidas en torno al procedimiento llevado a cabo imponen un más amplio debate y prueba que el que permite el proceso cautelar. En virtud de ello, se estimó que no se vislumbraba la verosimilitud del derecho invocado para obtener la medida preventiva, entendiendo por tal que las decisiones impugnadas se presenten “prima facie” como inconstitucionales, nulas o  que puedan provocar un daño grave si fueren anulables.

En el mismo orden, también se rechazó la “medida de no innovar” tendiente a impedir la realización del referéndum.  A tal efecto, además del análisis ya realizado en punto al recaudo de la “verosimilitud del derecho”, se  estimó la insuficiencia de las razones que se postularon para acreditar el “peligro en la demora” y la inexistencia de un daño grave o irreparable de no acogerse la medida peticionada pues, se advirtió, si eventualmente se sancionara la norma sometida a votación, ésta podía ser igualmente sometida a revisión jurisdiccional.

Resolución Nº 237

 
Jueves, 31 de Mayo de 2012 13:15
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Nuevo avance para la implementación de la firma digital

El Tribunal Superior de Justicia informa que se crearon dos comisiones de trabajo a fin de dar cumplimiento a la Ley Provincial Nº 2801 publicada el pasado 11 de mayo. Mediante dicha normativa se autoriza la utilización de expedientes, documentos  electrónicos y firmas electrónicas, firmas digitales, archivos electrónicos  y digitales en todos los procesos y procedimientos judiciales y administrativos que se tramitan en el Poder Judicial de la Provincia del Neuquén”.

La ley mencionada faculta al Tribunal Superior de Justicia, a reglamentar e implementar la herramienta. En tal sentido, se resolvió integrar la comisión de elaboración del proyecto de reglamentación de  los  aspectos  jurisdiccionales del Fuero Civil con las Dras. Cecilia Pamphile, Claudia Marconi y Eliana Reynals.

Por otro lado, se integró la comisión de elaboración de la propuesta de los aspectos  técnicos, para la implementación de la herramienta en el procedimiento administrativo, con la Dra. Isabel Van Der Walt, el Dr. Raúl Montórfano y el A.C.Juan Manuel Luzuriaga.

Más adelante se integrará la comisión que trabajará sobre la implementación en el fuero penal.

 
Miércoles, 30 de Mayo de 2012 14:17
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Juramento del Fiscal ante el TSJ

Se informa que el próximo martes 05 de junio, a las 12 hs., se realizará el acto de juramento del Dr. José Ignacio Gerez como Fiscal ante el Tribunal Superior de Justicia. El Dr. Gerez fue designado por la Honorable Legislatura Provincial, a propuesta del Poder Ejecutivo, en su Reunión Nº 13, 10ª Sesión Ordinaria.

La ceremonia, se realizará en el Salón de Usos Múltiples del TSJ; sito en calle Alberdi 52, 4° Piso.

CV. Dr. Gerez

 
Martes, 29 de Mayo de 2012 07:40
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SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES  NEUQUEN- CHOS MALAL Y JUNIN DE LOS ANDES.

La Secretaría de Superintendencia informa que por Decreto Nº 191, 192 y 193 del año en curso, el Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia, dispuso - para el día de la fecha- la suspensión del cómputo de los plazos procesales en los organismos judiciales de  la Ciudad de Neuquen Capital, Chos Malal y San Martín /Junin de los Andes respectivamente.
En el primer caso - Dc. 191-, se debe a que la falta de agua en el área centro de la Ciudad de Neuquén, -entre calles Jujuy y  Legizamon y las costas de los Ríos Limay y Neuquén- provocadas por la rotura de un acueducto central, imposibilitan el desarrollo normal de las actividades.
En el segundo - Dc. 192-, se debe también a la falta de agua, provocada por la tormenta de lluvia del día 28 de mayo, que generó en la localidad el corte del suministro en toda la Ciudad de Chos Malal.
En ambos casos, no encontrándose garantizadas las condiciones sanitarias necesarias para la prestación del servicio  de quienes se desempeñan en los diferentes organismos judiciales, corresponde autorizar a  que el personal se retire.
Por último, en el caso del Dc. Nº 193, se refiere a la localidad de Junin y San Martín de los Andes. Allí, manifestantes municipales, han producido desde las 8:45 hs. del día de la fecha, un corte total sobre la Ruta Nº 234 que une San Martin de los Andes con Junín de los Andes,  - a la altura del Puente Río Currué, a 4 km.- lo que imposibilita el paso entre dichas localidades con el consiguiente perjuicio para quienes tenían vencimientos para hoy. En función de ello, el Colegio de Abogados ha solicitado la medida dispuesta, la que - previa verificación con autoridades de la jurisdicción-, ha sido dispuesta.
Se deja constancia asimismo, que como es de práctica, en todos los casos  la suspensión del cómputo de plazos procesales, se realiza sin perjuicio de las actividades que los titulares de cada organismo realicen.
Se deja constancia, que en el caso de Neuquen Capital, no se encuentra incluído en la medida el Archivo General y el Juzgado de Paz Nº 2
 
Martes, 29 de Mayo de 2012 19:19
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SUSPENSIÓN DE COMPUTO DE PLAZOS PROCESALES- JUZGADOS DE JUICIOS EJECUTIVOS NEUQUEN.-

La Secretaría de Superintendencia informa que mediante Decreto Nº 195/2012, se dispuso suspender el cómputo de los plazos procesales, para el día 30 de mayo del corriente año.
Ello, en virtud de "La comunicación efectuada por el encargado de Mantenimiento y Servicios Gerardo Castillo, en la que informa que con motivo de una pérdida de gas en el 2do. Piso de los Juzgados de Juicios Ejecutivos – en el que funciona la Mesa Unica de Entradas-, se debió trabajar durante toda la jornada.Indica además, que de las pruebas realizadas, surgió que existía una fuga en algún sector de la instalación por lo que resulta necesario efectuar pruebas de hermeticidad sectorizada de la instalación.Se ha solicitado además, que el personal no permanezca en el 2do. Piso del edificio de Diagonal 25 de mayo 51 de Neuquén."

Teniendo en cuenta la imposibilidad que tendrá la Mesa Única de funcionar- y en consecuencia recepcionar los escritos que deseen presentar los profesionales- corresponde disponer la suspensión del cómputo de los plazos procesales en  dicho organismo y en los Juzgados de Juicios Ejecutivos Nº 1, 2 y 3.

Debe dejarse constancia, que las dependencias que funcionan en el 3er. Piso, trabajarán con normalidad.

Sin perjuicio de lo expuesto, quedará en cabeza de cada titular de organismo la asignación de tareas al personal- en otro espacio físico-, con expresa indicación de que no deben permanecer en el 2do. Piso del edificio.

En caso de que no exista posibilidad de asignación de tareas, queda autorizado el coordinador del Fuero, para disponer el retiro del personal.

Debe dejarse constancia que tal como es de práctica, la suspensión del cómputo de los plazos procesales que por el presente se determina, no obstan la validez de los actos procesales que los titulares de los organismos realicen.

 

 
Jueves, 24 de Mayo de 2012 13:59
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El TSJ aprobó las “Condiciones Especiales de Ingreso al Escalafón de Maestranza y Servicios”

El texto había sido acordado en el marco de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el Poder Judicial de la Provincia.

El Tribunal Superior de Justicia informa que, por Acuerdo Nº 4876, se aprobó el texto convencional parcial acordado por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el Personal Judicial de la Provincia, el día 10 de mayo de 2012, referido a las “Condiciones Especiales de Ingreso al Escalafón de Maestranza y Servicios”. La presentación fue realizada por el Presidente de dicha Comisión, Dr. Oscar Massei.

Asimismo, se dispuso su vigencia para todo el Poder Judicial, previa publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 2670, dejándose constancia de que el registro de este acuerdo parcial se hará efectivo con su incorporación al convenio colectivo que oportunamente se apruebe.

 
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