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Poder Judicial de Neuquén.
Martes, 19 de Junio de 2012 14:44
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Suspensión del cómputo de los plazos procesales para el Juzgado Civil de Chos Malal

Mediante Decreto N° 232/12, el Presidente del Tribunal Superior de Justicia, dispuso la suspensión del cómputo de los plazos procesales para el próximo jueves, 21 de junio de 2012, en el Juzgado Civil de Chos Malal atento la necesidad de reorganizacion del espacio físico que ocupa la Mesa de Entradas de dicho organismo.

 
Viernes, 15 de Junio de 2012 13:02
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La Escuela de Capacitación dependerá del Departamento de Planificación y Estadísticas

El Tribunal Superior de Justicia informa que, por Acuerdo Nº 4881 Punto 7, se dispuso que la Secretaría de la Escuela de Capacitación funcione en la órbita del Departamento de Planificación y Estadísticas del Poder Judicial a partir del 18 de junio del año en curso.

La reestructuración se realiza a fin de optimizar el recurso humano existente en el marco de la implementación del nuevo Código Procesal Penal y la creación de una comisión de capacitación encargada de brindar el apoyo logístico a la misma.

 
Jueves, 14 de Junio de 2012 13:14
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Comenzó el Primer Encuentro Regional de Registro de la Propiedad de la Región Patagónica

Finalizará mañana y reune a Directores y agentes registradores de las provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.

Con más de 50 Directores y agentes registradores, comenzó el Primer Encuentro Regional de Registros de la Propiedad de la Región Patagónica. El mismo se desarrollará entre hoy y mañana en el Salón de Usos Múltiples del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Neuquén.

La apertura de la jornada de capacitación estuvo a cargo del Dr. Evaldo Moya, Vocal del Tribunal Superior de Justicia; la Escribana María Laura Suarez, Directora del Registro de la Propiedad Inmueble; y, el Dr. Luciano Martini, Director de Instituto Superior de Registración y Publicidad Inmobiliaria del Registro de Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.

Los Encuentros Regionales son organizados por el Consejo Federal de Registros de la Propiedad Inmueble en coordinación con  los Registros locales y ya se llevaron a cabo en las regiones del NOA, en Marzo; NEA, en abril; y Región Centro, en Mayo.

El Encuentro está destinado a los agentes registradores de las Provincias Patagónicas y tiene como objetivos centrales la capacitación del personal de los registros de la Propiedad Inmueble y homogeneizar procedimientos y criterios entre todos los registros de la República Argentina a través del intercambio permanente de ideas y experiencias.

La modalidad elegida para las jornadas consiste en breves exposiciones por parte de autoridades de los Registros y, una vez finalizada la misma, un debate con la presentación de las experiencias de los registradores de las distintas provincias.

En el encuentro se abordarán los siguientes temas: “Zona de Seguridad de Fronteras”; “Disolución de sociedad Conyugal”; “La sociedad como titular de Derechos Reales sobre inmuebles”; “El Fideicomiso. Su calificación Registral”; “Transmisiones Mortis Causa”; “Barrios Cerrados”; y, “Bien de Familia. Sus aspectos Registrales”.

 
Viernes, 08 de Junio de 2012 11:55
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Juró Defensora Oficial

El Tribunal Superior de Justicia informa que en el día de ayer se realizó el acto de juramento de la Dra. María Celina Rosende en el cargo de Defensora Oficial, titular de la Defensoría Civil Nº 3 de la I Circunscripción Judicial.

La Dra. Rosende fue designado por el Consejo de la Magistratura con Acuerdo Legislativo prestado en la Reunión N°7 -4a° Sesión Ordinaria- realizada el 29 de marzo de 2012.

La ceremonia se llevó a cabo en el Salón de Usos Múltiples del Tribunal Superior de Justicia, sito en Alberdi 52, 4º Piso.

 
Miércoles, 13 de Junio de 2012 13:02
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Se modificó la fecha de la Feria Judicial de Invierno

El Tribunal Superior de Justicia informa que, por Acuerdo Nº 4881 Punto 4, se modificó la Feria Judicial de Invierno del año 2012. La misma comenzará el 10 y culminará el 23 de julio del año en curso, ambos inclusive.

 
Miércoles, 06 de Junio de 2012 11:18
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Juró el Fiscal ante el TSJ

En el día de ayer, a las 12 hs., se realizó el acto de juramento del Dr. José Ignacio Gerez como Fiscal ante el Tribunal Superior de Justicia. El Dr. Gerez fue designado por la Honorable Legislatura Provincial, a propuesta del Poder Ejecutivo, en su Reunión Nº 13, 10ª Sesión Ordinaria.

La ceremonia, se llevó a cabo en el Salón de Usos Múltiples del TSJ; sito en calle Alberdi 52, 4° Piso, ante la presencia de autoridades provinciales y municipales.

 
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Comunicados de Prensa

El Jurado de Enjuiciamiento declaró Admisible la apertura del procedimiento

A su vez –por mayoría-  dispuso la suspensión del enjuiciado a partir del alta médica (art. 14 de la Constitución Nacional)


En el día de la fecha se reunió  el Jurado de Enjuiciamiento integrado por los Dres. Evaldo Darío Moya, Ricardo Tomas Kohon, Alfredo Elosu Larumbe, Diputados provinciales Maria Laura Du Plessis y Guillermo Carnaghi y los abogados de la matrícula Carlos Fazzolari y Luis Arellano – éste último sesionó a través del sistema de video conferencia durante las casi 3 horas que duró el análisis de la presentación efectuada por el Dr. Muñoz  y la deliberación.

En lo esencial, el Jurado resolvió  no hacer lugar al planteo  del enjuiciado respecto al pedido de remisión de los antecedentes a la Comisión Especial, toda vez que tal como analiza el Jurado, la actuación de la misma no es vinculante y es una facultad constitucional indelegable del Cuerpo efectuar el análisis de la admisibilidad.

A continuación, resolvió declarar admisible la apertura del procedimiento constitucional y por imperativo legal, indicó los hechos que serán objeto de investigación.

Indica el Jurado que se impone “brindar al enjuiciado la posibilidad de defenderse, brindar explicaciones, acreditar y justificar su accionar.  La posibilidad de producir prueba, y ejercer acabadamente el derecho de defensa, sólo puede darse si se dispone la apertura del presente.”

Con relación a la suspensión, la mayoría del jurado entendio procedente la misma por entender que “lo que ha generado la iniciación del presente proceso, es una conducta que prima facie aparece como impropia de un Magistrado Judicial, y que podría configurar mal desempeño.        Por ese motivo, y hasta tanto se pueda producir la prueba que ha ofrecido el enjuiciado y evaluar las circunstancias que rodearon los hechos ocurridos, lo cierto es que lo que se encuentra en tela de juicio son las idoneidades del Dr. Muñoz para el ejercicio de sus funciones. Tanto las de carácter ético como psicofísicas. Ello, toda vez que el ejercicio de la magistratura exige ineludiblemente la autoridad ética y aptitud psicofísica que deben rodear el ejercicio de la función constitucionalmente encomendada.”

Siguen diciendo que “Por ello, consideran aconsejable el apartamiento preventivo del Dr. Marcelo German Rubén Muñoz de su cargo, por lo que habrá de disponerse la suspensión del Enjuiciado, a partir de su alta médica (art. 14 bis de la Constitución Nacional) en virtud de lo normado por la Ley 2698, con la reducción del 50% de su haber de conformidad a lo que dispone el art. 18 punto 3 inciso B. Para ello, se notificará a la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial de Neuquén”

Los miembros que se manifestaron por la no suspensión, fundaron su posición en que: “no corresponde en esta instancia disponer la suspensión del enjuiciado, toda vez que a partir de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento dada por Ley 2.698, la suspensión del magistrado denunciado a partir de la declaración de apertura del procedimiento no resulta un imperativo legal y la fijación de dicha medida podría conllevar a que resulte mucho más gravosa la medida de cautela provisoria que la sanción punitiva misma, convirtiéndola en un virtual adelantamiento de pena, máxime considerando que por el decurso propio del procedimiento constitucional que nos ocupa no se ha formulado aún acusación, criterio que por lo demás ha sido explicitado en los autos “G.B.R. SOBRE JURADO DE ENJUICIAMIENTO”  (Expte.N° 34-J.E.)”

Por último, uno de los miembros, entendió que no era ésta la oportunidad para expedirse, en virtud de encontrarse de licencia el enjuiciado.

Se dispusieron las notificaciones de rigor y lo que sigue es que inicia  el plazo previsto en la Ley 2698, para que el Sr. Fiscal del Jurado de Enjuiciamiento formule la acusación y ofrezca la prueba.

Acuerdo N° 276



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