El TSJ instó al SEJUN a retomar los canales democráticos en el ejercicio de sus derechos
Lo hizo luego de las agresiones registradas en el día de hoy durante el reclamo sindical. Ya se había dispuesto la suspensión de términos hasta el 05 de enero de 2015.
Como es de público conocimiento, el Sejun lleva adelante medidas de acción directa en el Registro de la Propiedad Inmueble que impide el normal funcionamiento del organismo, presuntamente en reclamo por la situación de una agente no confirmada y las condiciones edilicias
Con relación al primer punto, se deja aclarado que la interesada se encuentra ejerciendo la defensa de sus derechos, a través del recurso administrativo al que se le ha dado trámite URGENTE.
Asimismo, se informa para conocimiento de la comunidad, que el reglamento de ingresos y ascensos del Poder Judicial prevé un período de prueba de seis meses, durante el cual el agente aún NO posee estabilidad y en el que se evalúa la idoneidad de quien ingresa.
La no confirmación de un empleado es una circunstancia excepcional que responde al hecho de que la persona no ha cumplido con el deber de prestar el servicio de manera eficiente y diligente, regular y continua y no se ha adecuado , pese a las exhortaciones que se le hicieran, al trabajo del organismo y del equipo. La empleada en cuestión no ha sido
despedida sino que, luego de evaluar su desempeño, se ha dispuesto no confirmarla en su cargo. El camino institucional y recursivo previsto, ya se encuentra en marcha.
En cuanto a las condiciones edilicias, debe dejarse constancia que, a pedido del SEJUN el municipio realizó una inspección en el organismo, cuyo informe concluyó en que el mismo están dadas las condiciones adecuadas de habitabilidad y seguridad.
Por último, en el día de la fecha y como consecuencia del nivel de agresión registrado durante la protesta sindical del día de ayer, y que continúa hoy, el Tribunal Superior de Justicia ha resuelto disponer, además de la suspensión de términos, el cierre del organismo y el retiro del personal para el día de la fecha.
El Decreto señala que tal actitud es inadmisible, y perjudica notablemente a la comunidad, quien se ve impedida de realizar sus trámites, como por ejemplo pedidos de Informe de dominio y certificación de Inhibiciones para garantía de alquiler; Informes de dominio, Certificación de Inhibiciones e informes de titularidad para trámites de sistema PROCREAR, Inscripción de escrituras Públicas que instrumentan operaciones relacionadas con dichos créditos PROCREAR, entre otros.
Es por ello que en el mismo Decreto que dispone el retiro del personal y cierre del organismo, se insta a la conducción del Sindicato de Empleados Judiciales a recorrer los caminos democráticos e institucionales correspondientes para la realización de sus peticiones, a fin de no generar situaciones que afecten derechos de otras personas