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Inicio Contrataciones - Licitaciones

Preguntas y Respuestas Frecuentes

Viernes, 29 de Julio de 2011 11:06
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1.- ¿Cuál son las normas legales que deben tenerse en cuenta para participar en las distintas licitaciones de bienes, servicios y obras?

La normativa a tener en cuenta es la prevista en la Ley de Administración Financiera y Control N° 2141/95, el Decreto n° 2758/95 Anexo II (Reglamento de Contrataciones) y la Ley 0687/72 de Obras Públicas y su reglamentación.

2.- Cuáles son los principios a los que deben ajustarse las contrataciones?

La Ley 2141/95 de Administración Financiera establece en su art. 63° que las contrataciones se ajustarán a los siguientes principios generales:

a) Todo contrato se hará por licitación pública, cuando del mismo se deriven gastos, y por remate o licitación pública, cuando se deriven ingresos.
b) La adjudicación se realizará a las ofertas que resulten más convenientes a los intereses de la hacienda pública.
c) Aplicación de pautas de economía, eficacia y eficiencia en la gestión de adquisición, financiación y en los trámites operativos y administrativos relacionados con las adquisiciones.
d) Concurrencia de la mayor cantidad posible de oferentes, el tratamiento igualitario de los mismos y el cotejo de ofertas en condiciones análogas.


3.- ¿Existen otras normas tener en cuenta para presentarse en las distintas licitaciones y/o contrataciones?

Se deberán tener en cuenta los siguientes Decretos del Poder Ejecutivo de la Provincia:

Decreto 171/01 del 01/02/2001. Incorpora como requisito obligatorio para la inscripción o renovación como proveedor y/ o Contratista la presentación del Certificado de Cumplimiento fiscal. Establece la obligatoriedad de incorporar en los pliegos de licitaciones públicas, privadas y concursos una cláusula que exija el cumplimiento de tal requisito. Se excluye a contrataciones directas.

Decreto 367/04 del 19/03/2004. Establece que todo pago superior a $ 1000 a proveedores y contratistas del Estado se efectuarán por la modalidad de acreditación en cuentas a la vista que deberán tener habilitadas en el BPN S.A. (Banco de la Provincia del Neuquén Sociedad Anónima).

Decreto 1871/04 del 31/08/2004. Modifica el art. 1° del Reglamento de Contrataciones Anexo II Dto. 2758/95 , estableciendo nuevos montos límites para las contrataciones a que se refiere el art. 64° inc. 1) de la Ley 2141.
Modifica el régimen de autorización y aprobación de contrataciones del art. 2° del Reglamento de Contrataciones Anexo II Dto. 2758/95.

Decreto 236/11: del 27/12/2011.

Modifica el art. 1º del Reglamento de Contrataciones - Anexo II Dto. 2758/95, estableciendo nuevos montos límites para las contrataciones a que se refiere el art. 64º inc. 1) de la Ley 2141.

Modifica el régimen de autorización y aprobación de contrataciones del art. 2º del Reglamento de Contrataciones Anexo II Dto. 2758/95.

Deroga el Decreto 1871/04.

4.- ¿Cuales son los procedimientos de compra vigentes en materia de contrataciones?

El Decreto 2758/95 Anexo II Reglamento de Contrataciones establece en su art. 1° los siguientes montos límites de contrataciones:

Tipo de Contratación
Montos límite
Licitación pública

Más de $ 400.000

Licitación privada

Hasta $ 400.000

Concurso de precios

Hasta $ 100.000

Contratación directa

Hasta $ 20.000


Asimismo establece la compulsa obligatoria en contrataciones directas superiores a $ 4.000

5.- ¿Hasta qué hora pueden presentarse las ofertas?

Las ofertas pueden presentarse hasta el día y hora indicada en el Pliego de Bases y Condiciones. Ese día se labrará acta con la participación de funcionarios de la Administración General.
A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no podrán recibirse otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado.

6.- ¿Se puede presentar la documentación requerida en la oferta (garantía de oferta, declaración jurada, etc.) a posteriori del Acto de Apertura?

No, la única posibilidad es la de aportar aquella documentación que derive de requisitos subsanables a criterio de las autoridades del Acto de Apertura, en los términos el art. 37° del Dto. 2758/95 Anexo II Reglamento de Contrataciones.

7.- ¿Debe estar inscripto en el Padrón de Proveedores previo al Acto de Apertura?

Se podrá participar adjuntando constancia de inicio de trámite (ver pliego). No obstante a partir del 17 de Diciembre de 2004 caducan los certificados anteriores, por lo que se recomienda iniciar el trámite de reempadronamiento.

8.- ¿Cuales son los causales de rechazo automático de la oferta en el Acto de Apertura?

Las causas de rechazo en el acto de apertura son: falta de garantía de oferta, falta de firma del proponente en la documentación y la falta de presentación del Certificado Fiscal para contratar vigente, o en su defecto, la solicitud de dicho certificado, donde conste la recepción de la misma por parte de la Dirección Provincial de Rentas

 

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Comunicados de Prensa

PROCESO DE SELECCIÓN DE INGRESANTES

AUXILIAR ADMINISTRATIVO NEUQUÉN


El proceso de selección, se encuentra en etapa de Capacitación, en el ámbito de la Escuela de Capacitación del Poder Judicial.


El llamado a concurso oportunamente dispuesto por Acuerdo 5431 Punto 25, se viene desarrollando con normalidad.

Como repaso de las etapas que se han ido superando, se informa lo siguiente:

* Modulo de Nivelación y Diagnóstico: En la evaluación diagnóstica, tal como se informó oportunamente,  quedaron  aprobados 619 personas – VER LISTADO AQUÍ-
* En esa oportunidad, se solicitó y asi lo dispuso el cuerpo por Acuerdo N° 5464 punto 22, que avancen a la etapa de Capacitación la totalidad de los postulantes aprobados en la Evaluación diagnóstica cuyo listado se encuentra en el link anterior. A éstos debe  sumarse el personal del Escalafón de Servicios y maestranza que – contando con 5 años de antigüedad como mínimo en el Poder Judicial- fueron incorporados  al proceso de selección.

 * En el ámbito de la Escuela de Capacitación,  cada módulo es eliminatorio. Es decir, que debe ser aprobado con el 70%.

  •  * El resultado del Proceso de Capacitación,  hasta el momento es el siguiente:
  • Primer taller presencial:  No concurrieron y por lo tanto no avanzan en el proceso: 47 personas. Ver listado aquí
  • Modulo 1: Registración , quedaron fuera del proceso 27 personas, Ver listado aquí
  • Modulo 2: Atención Al público. Quedaron fuera del proceso 3 personas. Ver listado aquí.
  • Modulo 3: Fuero Civil. Quedaron fuera del proceso 65 personas. Ver listado aquí.

  • Al momento, continúan en el proceso de Selección, 403 personas.

El día  16 de junio, se va a llevar a cabo el 2do. Taller Presencial obligatorio.

Esta información  y toda la relacionada a la capacitación, se les brinda a los postulantes dentro del Aula virtual, ya que la etapa que estan atravesando, esta dentro del ámbito de la Escuela de Capacitación. 

Resta aún - dentro de la Capacitación-, los siguientes Módulos: l Modulo Fuero Penal, Módulo Sistemas Informáticos y Módulo Otros organismos.

Finalmente, se va a llevar a cabo, el último taller Presencial obligatorio,  cuya fecha se informará oportunamente, por la vía indicada.

Finalizada la etapa de capacitación, quienes hayan llegado hasta esa instancia luego de haber atravesado desde el 22 de abril del año en curso la instancia de Capacitacion a lo largo de un poco mas de dos meses,  conformarán el listado de postulantes en condiciones de rendir los Exámenes de Ingreso.

Las fechas de los exámenes de ingreso, como así el Tribunal Examinador serán informados oportunamente. 


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