Abogados deberán matricularse en Neuquén
El Tribunal Superior de Justicia, mediante Acuerdo N° 4464 Punto VIII, dispuso que a partir de la publicación de dicho resolutorio en el Boletín Oficial, los titulares de los organismos del Poder Judicial de la Provincia, deberán exigir la acreditación de la matriculación prevista en la Ley N° 685. Asimismo otorgó un plazo de 30 días hábiles a aquellos abogados que a la fecha de publicación del presente, no hayan dado cumplimiento a la legislación provincial vigente.-
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