• Skip to content
  • Skip to main navigation
  • Skip to 1st column
  • Skip to 2nd column

"Año del 45 aniversario del Golpe de Estado Genocida Cívico-Militar, por Memoria, Verdad y Justicia"







     



     



  • Inicio
  • Listas de Despachos
  • Organismos
    • Cámara Civil
    • Gabinete Técnico Contable
    • Oficina de Mandamientos y Notificaciones
    • Regístro de la Propiedad Inmueble
    • Regístro Público de Comercio
    • Dirección de Gestión Humana
    • Salud, Seguridad e Higiene
    • Secretaría de Superintendencia
    • Juzgado Electoral
  • Areas
    • Biblioteca
    • Prensa
  • Información Jurídica
    • Acuerdos Administrativos TSJ
    • Decretos Presidenciales
    • Jurisprudencia
    • Información Abogados
    • Reformas Procesales
  • Información General
    • Ayuda al Ciudadano
    • Organigramas
    • Guía Judicial
    • Contrataciones - Licitaciones
    • Links
    • Registro Único de Adopción
    • Estadísticas
  • Servicios Internos
    • Web Mail
    • Mesa de Ayuda (Informática)
    • Portal del Empleado
    • Trámites Salariales
    • Certificado de Escolaridad
    • Manual de Imagen y Sistema de Aplicación Gráfica 2013
    • Formulario de Pasaje Anual
    • Declaración Jurada Salario Familiar
    • Consulta de Licencias
    • HelpDesk
    • Formularios para Suministros
    • Catálogo de Mobiliario
    • Abogados Suspendidos
    • Aptitud Migratoria (Formulario)
    • Calendario Feriados / Asuetos y Suspensión de términos
    • Personal de Feria
  • Fuero Penal
    • Oficina Judicial
    • Ministerio Público Fiscal
    • Ministerio Público de la Defensa
    • Jurisprudencia Penal
Desplegar Encabezado
Plegar Encabezado
 
  • Increase font size
  • Default font size
  • Decrease font size
Inicio Responsabilidad del Control

Responsabilidad del Control. Tasas de Justicia y adelanto de gastos

Correo Imprimir

El Tribunal Superior de Justicia mediante Acuerdo 4464 Punto XV, dispuso que  a partir de la notificación del resolutorio, a través de la publicación en el Boletín Oficial, serán responsables por el cumplimiento de las normas de carácter tributario y fiscal, como así las cuestiones relacionadas con los gastos erogados por el Poder Judicial en concepto de gastos, los secretarios de los organismos, o quienes resulten sus subrogantes, sin perjuicio de la responsabilidad de los titulares de cada uno de ellos

El fundamento que surge del acto administrativo, es la circunstancia de haberse detectado –luego de una auditoría interna realizada- un notable incumplimiento en tal sentido, que ha generado la falta de percepción del tributo en una suma significativa

En tal sentido expresa el Tribunal Superior de Justicia  que la tasa de justicia es obligatoria e instantánea al momento del inicio de la demanda, salvo en los casos expresamente previstos en la ley, que debe ser percibida por la prestación de un servicio, independientemente del resultado y que la configuración del hecho imponible no es neutralizado por el desistimiento de la demanda. La circunstancia de requerir el pago de la tasa al inicio de la demanda, en principio no puede interpretarse como una negación del derecho a acceder al servicio de justicia, habida cuenta que existen en la ley procesal medios previstos para utilizar dicho servicio en forma totalmente gratuita mediante procedimientos sencillos amparando normativamente las situaciones contempladas en el beneficio de litigar sin gastos.

Dispone el máximo Tribunal que al momento del dictado de la sentencia, el beneficio de litigar sin gastos deberá estar concedido y, si así no fuera, deberá requerirse el pago de la tasa de justicia correspondiente, como también que en todos los casos en trámite deberá determinarse e intimarse el pago de la tasa de justicia en aquellos expedientes en los que no se encuentre abonada.

Es obligación de los secretarios –o sus subrogantes-, que deberán extremar bajo su responsabilidad, la transferencia de los fondos en el concepto que nos ocupa, debiendo propiciar la transferencia correspondiente a la cuenta corriente del Poder Judicial Nº 122-6, y efectuar la comunicación pertinente a la Administración General.

Asimismo, en todos los casos en los que no se haya abonado la tasa de justicia, es obligatorio para los magistrados y funcionarios intervinientes efectuar  la correspondiente certificación para iniciar el trámite de ejecución.

 

facebook Seguir a @prensatsjnqn    prensatsj @ jusneuquen.gov.ar

Subir al Menu

Tasas de Justicia

  • determinacion-de-tasa-de-justiciaDeterminación de Tasa de Justicia
  • Intereses Resarcitorios s/Codigo Fiscal
  • Normativa
  • ABC - Preguntas Frecuentes
  • Impresión de Tasa de Justicia
  • Dictámenes
  • Responsabilidad del Control
  • Certificación de tasas, aranceles, multas y costas impagas
  • Plan de Facilidades de Pago
  • Informes Técnicos
  • Consultas y Sugerencias

Administración General

  • Guía de Tramites Administrativos
  • Circulares de Administración General
  • Tasas de Justicia
  • Información Presupuestaria
  • Nómina de la Administración General
  • Servicios

Buscar

Información

  • Inicio
  • Jurisprudencia
  • Acuerdos Administrativos
  • Decretos de Presidencia
  • Concursos Internos
  • Concursos Ingresantes
  • Concursos Externos
  • Audiencias Publicas
  • Contrataciones - Licitaciones
  • Organigramas
  • Guía Judicial
  • Información para Abogados
  • Ayuda al Ciudadano
  • Estadísticas
  • Enlaces
  • Mapa del Sitio
  • Firma Digital
  • Notificación Electrónica
  • Convenio CCEIJ
  • Expediente digital
  • Tasa de Justicia

Dependencias

  • Administración General
  • Biblioteca
  • Cámara Civil
  • Cuerpo Médico Forense
  • Gabinete Técnico Contable
  • Justicia de Paz
  • Oficina de Mandamientos y Notificaciones
  • Prensa y Comunicación Institucional
  • Registro Único de Adopción
  • Registro de la Propiedad Inmueble
  • Registro Público de Comercio
  • Dirección de Gestión Humana
  • Salud, Seguridad e Higiene
  • Secretaría de Superintendencia
  • Justicia Electoral Provincial
  • Archivo General y Registro de Juicios Universales
  • servicio-de-mediacion-familiarServicio de Mediación Familiar

Más Leídas

  • Listas de Despacho
  • Notificación Electrónica
  • CONCURSOS EXTERNOS
  • Secretaría de Gestión Humana y Programas Especiales
  • Concursos Ingresantes - ppal

Comunicados de Prensa

JUZGADO DE PAZ LONCOPUE

Juez de Paz Titular:Evelyn Solange A. SAAVEDRA


Juez de Paz Suplente:Walter Miguel RUIZ

Dirección:Félix San Martin s/N° - (8349)

Teléfono:02948-498060

Correo electrónico:jpazlonfd@jusneuquen.gov.ar




  • Inicio
  • Mapa del Sitio
  • Contactenos
Copyright © 2009 Poder Judicial del Neuquén. Todos los derechos reservados.
Usamos software libre Joomla publicado bajo licencia GNU/GPL.
Resolución mínima sugerida: 1024 x 768 píxeles.
Subir al Menu
CSS Validity XHTML Validity
216.73.216.42